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Ya está disponible postulación al Bono para la Clase Media

Actualizado: 22 oct 2020

A través del sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII) se puede acceder al formulario para solicitar la ayuda. Hay plazo hasta el lunes 31 de agosto.


Por sólo un mes y sin mucha promoción, este sábado 1 de agosto de 2020 se levantó el proceso para postular al llamado Aporte Fiscal Clase Media el que otorga un bono de hasta $500.000, por única vez, para quienes cumplan una serie de condiciones relativas a sus ingresos.


El trámite se puede realizar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) hasta el lunes 31 de agosto y pueden acceder al pago trabajadores dependientes, independientes y empresarios individuales "que hayan tenido una disminución de sus ingresos de 30% o más como consecuencia de la emergencia sanitaria", según indica el sitio web.


El sistema indicará en línea el cálculo del monto que le corresponde al trabajador, dependiendo de numerosas variables, el que será transferido por la Contraloría General de la República a una cuenta que indique el trabajador o por caja a través de un vale vista, en un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la solicitud.


El bono estará sujeto a descuentos, en caso de que el trabajador o la trabajadora posea deudas por concepto de régimen de alimentos (también llamada pensión alimenticia), de hasta 50% del bono entregado, el que se abonará automáticamente al pago de dicha deuda.


¿Quiénes pueden recibir el bono?

  • Trabajadores dependientes:

    • Que estén acogidos al Seguro de Cesantía.

    • Que hayan pactado disminución de jornada laboral o de remuneración con su empleador.

    • Que se encuentren cesantes en la actualidad.

  • Empresarios individuales.

  • Trabajadores independientes (que emitan boletas de honorarios).

Requisitos generales para acceder al bono

  • Que el promedio mensual de todos los ingresos formales del trabajador o trabajadora, durante 2019, sea igual o mayor a $400.00 y menor o igual a $2.000.000.

  • Que los ingresos formales del trabajador o trabajadora hayan bajado 30%, calculado de acuerdo al tipo de contribuyente.

Definición según tipo de trabajador(a):

  • Trabajador dependiente:

    • Es aquel trabajador o trabajadora que recibe una remuneración y se rige por un vínculo laboral regulado por la normativa laboral vigente.

    • Puede tener un contrato indefinido, a plazo fijo por obra, trabajo o servicio determinado.

    • Tiene un horario establecido y un empleador (o empleadores) que le pagan por su trabajo una remuneración y las retenciones legales que corresponden.

    • También pueden ser trabajadores o trabajadoras que actualmente estén cesantes en la actualidad y haciendo uso del Seguro de Cesantía.

    • Trabajadores o trabajadoras que hayan pactado una disminución de remuneración o jornada con su empleador, pero que, sin embargo, tuvo ingresos por remuneraciones durante el año 2019.

  • Trabajador independiente:

    • Aquel que presta servicios o trabaja de manera independiente y que emite boletas de honorarios por la prestación de sus servicios.

  • Empresario individual:

    • Personas que son los únicos dueños o dueñas de una empresa y que ejercen una actividad comercial, industrial o profesional.

    • Estos empresarios individuales, por la venta de los bienes o servicios que entregan, emiten boletas de ventas y/o facturas que tienen su propio RUT y nombre.

    • Presentan declaraciones de impuestos mensuales y anuales (IVA y Renta).

Puedes encontrar más información sobre los requisitos y las fórmulas para calcular las numerosas variables necesarias para recibir el bono en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII).


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