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Conoce los pasos que debes seguir para acogerte a la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento

Foto del escritor: WorklegalWorklegal

Actualizado: 22 oct 2020

Como te señalamos en una publicación anterior, desde el año 2014 existe en nuestro país la Ley Nº 20.720, más conocida como la nueva Ley de Quiebras. Esta ley permite que, además de las empresas, toda persona natural pueda declararse en quiebra si su nivel de endeudamiento sobrepasa su capacidad de pago. En Worklegal te mostramos los pasos que debes seguir para acogerte a esta ley.


¿Qué requisitos debes cumplir?

  • Tener 2 o más deudas que tengan más de 90 días de vencidas.

  • Que no tengan juicio ejecutivo en su contra.

  • Que la deuda supere las 80 Unidades de Fomento.


¿Qué opciones tienes como deudor?

  • Renegociación de la deuda: tienes la posibilidad de negociar con las empresas a las que les debes, pero bajo condiciones mucho más favorables, ya que podrás obtener nuevos plazos de pago, rebajas en las tasas de interés e incluso la condonación de los intereses. Esta opción es para personas que tienen la capacidad de pagar la deuda, pero bajo mejores condiciones.


  • Liquidación de bienes: con esta opción, debes poner tus bienes a disposición de un remate y con lo que se recaude podrás pagar la deuda, aún cuando la suma de dinero que se consiga en el remate sea menor que el total de la deuda. Esta opción está pensada para las personas que no tienen la posibilidad de pagar.

Paso a paso del proceso

  • Si cumples con los requisitos, debes dirigirte a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir).

  • Realizar una solicitud para renegociar tus deudas o liquidar tus bienes.

  • Deberás llenar una serie de documentos (listas de deudas, bienes, ingresos, etc.).

  • Una vez que revisen la solicitud, te dirán si se aprueba o rechaza.

  • Si se rechaza, no podrás seguir adelante porque no cumples con los requisitos.

  • Si se aprueba, te citarán para ver cómo pagarás las deudas.

¿Cuánto dura el proceso?

  • Desde que se aprueba la solicitud hasta que comienzas a pagar las cuotas, pueden pasar 4 meses.

  • Si decidiste someterte al proceso de liquidación voluntaria, pueden pasar entre 7 y 12 meses para que se lleve a cabo la venta de tus bienes.

¿Cuántas veces te puedes declarar en quiebra?

Las veces que quieras, siempre que hayan pasado al menos 5 años entre un procedimiento y otro.

¿Qué pasa con Dicom?

Si todas las empresas con las que tienes deudas están incluidas en tu quiebra de persona natural, quedarás sin antecedentes comerciales. Sin embargo, no saldrás automáticamente del boletín comercial, deberás ser tú quien realice los trámites correspondientes.

En Worklegal estamos para ayudarte. Escríbenos a través de nuestro sitio web o contáctanos directamente a nuestro WhatsApp.

 
 
 

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